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Actualitat 30 Dic

Bizum a partir del 2026

La Agencia tributaria ha publicado en su web una nota aclaratoria sobre el impacto de las nuevas obligaciones informativas en relación a los pagos por Bizum o sistemas equivalentes.

Cabe remarcar que esta modificación, que entra en vigor a partir de febrero de 2026, se refiere a la información que las entidades financieras deberán facilitar, mensualmente, a la Agencia tributaria sobre la facturación acumulada cada mes y realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales.

La información a facilitar por las entidades financieras será:

  • Identificación de los empresarios y profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bium o sistemas equivalentes
  • Numero de comercio con el que operan
  • Terminales de venta
  • Importe mensual facturado a través de Bizum
  • Identificación de las cuentas bancarias donde se realicen los cobros

NO se declararán los Bizums realizados entre particulares. Los bancos sólo facilitarán a la Agencia Tributaria la información referente a empresarios y profesionales.

 

Atec Assessors

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