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Actualitat 3 Ago

NOVEDAD INTRODUCIDA POR LA LEY 11/2021, DE 9 DE JULIO, EN RELACIÓN A LOS PAGOS EN EFECTIVO.

 

Se disminuye el límite general de pagos en efectivo de 2.500 € a 1.000 €, para aquellas transacciones en las que una de las partes actúe en calidad de empresario o profesional, o su contravalor en moneda extranjera.

Se disminuye el pago en efectivo a 10.000 € para los supuestos de las personas físicas particulares con domicilio fiscal fuera de España.

Estos nuevos límites serán de aplicación a todos los pagos efectuados a partir de la entrada en vigor de la norma (10 de julio de 2.021), aunque sean de operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la nueva limitación.

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